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Liberación compasiva y permisos de emergencia

Quién califica por enfermedad terminal, condición médica grave, edad o circunstancias familiares, cómo pedirla y los plazos para ir al tribunal, qué documentos reunir, cómo ayuda la familia, y permisos o viajes escoltados para un funeral o un familiar moribundo. Solo fuentes oficiales.

Si alguien está en peligro inmediato, llame al 911. Esta guía no promete ningún resultado.

Cobertura

Secciones completas verificadas con fuentes oficiales: Idaho, Colorado, Nevada, Utah, Washington DC y federal (BOP). Los demás estados enlazan a su agencia oficial.

Qué es (y qué no es)

  • La liberación compasiva es una salida anticipada por enfermedad grave, edad avanzada o una crisis familiar. Cada sistema tiene su propio nombre, reglas y quien decide. Nadie puede garantizar un resultado: muchas solicitudes se niegan o tardan, y las fechas cambian.
  • Un permiso de emergencia o viaje escoltado para un funeral o una visita a un familiar moribundo es otra cosa: una salida corta, bajo custodia, y la persona regresa.

Cómo puede ayudar la familia

  • Puede iniciar o enviar la solicitud en Idaho, Nevada y el sistema federal; en Colorado, pida a la persona o a su enlace que la presente.
  • Prepare el plan de salida: dirección, quién cuidará, cita con un médico o un hospicio, cobertura (vea la guía de Medicaid) y transporte.
  • Consiga cartas: del médico externo, de quien cuidará, de un empleador o iglesia. Pida a la persona que firme una autorización para que usted reciba información médica.
  • Lleve un registro con fechas de cada envío y respuesta. Para emergencias de salud, vea la guía "¿A quién contacto?".

Por sistema (fuentes oficiales)

Idaho

Última revisión: 2026-10-22

Quién califica

  • Libertad condicional médica (Código de Idaho 20-1006): la Comisión de Indultos y Libertad Condicional puede liberar a alguien con incapacidad permanente (una condición física no terminal, permanente e irreversible) o con una enfermedad terminal (incurable e irreversible), y solo si cree razonablemente que ya no es un peligro para la seguridad pública. Puede ocurrir incluso antes de terminar la parte fija de la sentencia.
  • Idaho no tiene una liberación separada por edad o por circunstancias familiares.

Cómo pedirla y plazos

  • Cualquiera puede iniciarla, incluida la persona, la familia, el personal de IDOC o el área de salud. Envíe una solicitud por escrito al subdirector (deputy warden) de la prisión con el nombre, el motivo y cómo cumple los requisitos.
  • El procedimiento SOP 324.02.01.002 de IDOC fija pasos cortos: en 3 días hábiles el subdirector pide al área de salud el diagnóstico, el pronóstico y el nivel de atención necesario; un médico tiene 5 días para escribir la carta de revisión. Si la persona podría calificar, se envía a la Comisión un paquete con un plan de libertad condicional. La Comisión también acepta peticiones directas de la persona o del personal de IDOC.
  • Si el médico dice que ahora no califica, se puede pedir otra revisión si la condición empeora.
  • No hay paso ante un tribunal; decide la Comisión.

Qué documentos reunir

  • El plan debe mostrar: vivienda que siga las recomendaciones del médico (casa, asilo, hospicio), la atención médica arreglada, cómo se pagarán los gastos de vida y médicos, el apoyo familiar y el transporte (incluido transporte médico).

Permisos de emergencia y viajes escoltados

  • El permiso de salida (Código de Idaho 20-101C) está permitido expresamente para funerales y enfermedad grave o accidente de la familia, a criterio de IDOC. Se debe verificar el motivo, arreglar supervisión y cuidado, y la persona o la familia paga el viaje (las personas sin recursos pueden recibir ayuda del fondo de bienestar). No puede pasar de 72 horas.
  • Si el viaje no es posible, pregunte por una visita especial; los directores pueden aprobarlas, normalmente para familia inmediata.

Fuentes oficiales (en inglés): Idaho Code 20-1006 (medical parole) (se abre en una pestaña nueva) · IDOC SOP 324.02.01.002 (PDF) (se abre en una pestaña nueva) · IDAPA 50.01.01 Commission rules (PDF) (se abre en una pestaña nueva) · Idaho Code 20-101C (furlough) (se abre en una pestaña nueva) · IDOC Visiting SOP (PDF) (se abre en una pestaña nueva)

Colorado

Última revisión: 2026-10-22

Quién califica

  • Libertad condicional por necesidades especiales (C.R.S. 17-22.5-403.5), antes o después de la fecha de elegibilidad, para alguien con un diagnóstico de un proveedor de salud con licencia de una discapacidad grave que limita su capacidad de funcionar o un deterioro cognitivo grave, y que tenga 55 años o más, o menos de 55 sin falta disciplinaria clase I en los últimos 12 meses y un mínimo de la sentencia cumplido (25%, 35% o 40% según el tipo). Un diagnóstico de enfermedad terminal reemplaza ese requisito de tiempo.
  • La Junta de Libertad Condicional debe concluir que probablemente no es un riesgo y aprobar un plan que asegure supervisión y continuidad de la atención médica.

Cómo pedirla y plazos

  • CDOC debe referir a quienes identifique. La persona, o un enlace si ella no puede, también puede pedir por escrito a CDOC una decisión de elegibilidad; CDOC debe decidir en 30 días.
  • Si el proveedor documentó una discapacidad que califica, CDOC no puede ignorarlo porque un empleado no esté de acuerdo, ni porque pueda atender la condición adentro.
  • La ley exige que CDOC comparta información con los enlaces de la defensoría pública que ayudan a solicitantes; pregunte al administrador de caso cómo contactarlos.

Qué documentos reunir

  • La referencia incluye un resumen de la condición y el diagnóstico, el plan recomendado, una declaración de la persona y cartas y documentos de la familia y otros. Reúna: el diagnóstico por escrito, un plan de cuidado, dónde vivirá y quién cuidará.

Permisos de emergencia y viajes escoltados

  • CDOC no tiene permisos para funerales. Según el AR 300-17 (salida escoltada), una persona elegible puede pedir por medio del administrador de caso un viaje escoltado y bajo custodia dentro de Colorado para una última visita a un ser querido con enfermedad terminal o una visita privada al ser querido fallecido. Deben aprobar el director de la prisión y la Oficina del Director de Prisiones, y la persona o la familia paga todos los costos.
  • Desde febrero de 2026, el AR 300-17 también permite asistir a funerales en forma virtual por video o teléfono, según la tecnología.

Fuentes oficiales (en inglés): C.R.S. Title 17 (17-22.5-403.5, 17-1-102), OLLS (PDF) (se abre en una pestaña nueva) · Colorado Parole Board rules, 8 CCR 1511-1 (se abre en una pestaña nueva) · CDOC: Escorted/Funeral Leave (se abre en una pestaña nueva) · CDOC: Policy updates under HB 25-1013 (se abre en una pestaña nueva) · CDOC: Department policies (se abre en una pestaña nueva)

Nevada

Última revisión: 2026-10-22

Quién califica

  • Liberación médica (NRS 209.3925): el Director de NDOC puede asignar a alguien a confinamiento residencial u otra supervisión por el resto de la sentencia si tiene una incapacidad física o mala salud, o mala salud y se espera que muera dentro de 18 meses, y no será un peligro. Dos médicos o enfermeros con licencia, uno que no trabaje para NDOC, deben verificarlo por escrito. No aplica a sentencias de muerte o cadena perpetua sin libertad condicional. Cuenta como continuación de la prisión, no como libertad condicional.
  • Libertad condicional geriátrica (NRS 213.12155): la Junta puede otorgarla a alguien de 65 años o más que haya cumplido la mayor parte del término máximo, no cumpla cadena perpetua sin libertad condicional, no sea un riesgo importante, y no tenga condenas por delito violento, delito contra un menor, delito sexual o ciertos homicidios por manejar ebrio, ni sea delincuente habitual.

Cómo pedirla y plazos

  • Liberación médica: una solicitud por escrito al Director de NDOC que explique los motivos. Puede venir de la persona, un familiar, un abogado o representante, personal de la prisión o un profesional de salud o salud mental.
  • Libertad condicional geriátrica: una solicitud por escrito con documentos a la Junta de Libertad Condicional, de la misma lista de personas. En 15 días la Junta pide a NDOC verificar la edad y el tiempo cumplido, y las personas elegibles entran a la siguiente lista de audiencias.
  • No hay paso ante un tribunal; decide el Director o la Junta, y nadie tiene derecho a que se le conceda.

Qué documentos reunir

  • La ley dice qué enviar con la solicitud geriátrica: expedientes médicos, planes de libertad condicional, registros de programas, registros de la institución y documentos sobre elegibilidad para Medicaid o Medicare. Para la liberación médica, reúna el diagnóstico y el pronóstico y pida al médico o enfermero externo una verificación por escrito.

Permisos de emergencia y viajes escoltados

  • Permiso temporal (NRS 209.501): el Director puede dar permisos para atender emergencias familiares, según la clasificación. Los permisos son solo dentro de Nevada y no aplican a quienes cumplen cadena perpetua sin libertad condicional u otras sentencias.
  • Pregunte de inmediato al trabajador de caso o al capellán y tenga la muerte o enfermedad verificada (aviso de defunción o carta del hospital u hospicio).

Fuentes oficiales (en inglés): NRS Chapter 209 (209.3925, 209.501) (se abre en una pestaña nueva) · NRS Chapter 213 (213.12155) (se abre en una pestaña nueva) · Nevada P&P: Residential Confinement (298 program) (se abre en una pestaña nueva) · Nevada Board of Parole Commissioners (se abre en una pestaña nueva)

Utah

Última revisión: 2026-10-22

Quién califica

  • La Junta de Indultos y Libertad Condicional considera la liberación compasiva solo en circunstancias excepcionales (R671-314), cuando la persona se puede manejar con seguridad en la comunidad y: la edad avanzada, la enfermedad o la discapacidad reduce mucho el riesgo; o una condición médica grave y persistente necesita cuidados intensivos, un asilo o cuidados paliativos, o UDC no la puede tratar.
  • También cubre la muerte de un familiar inmediato cuando la persona está a 120 días o menos de una salida programada (se necesita el acta de defunción u otra verificación).

Cómo pedirla y plazos

  • La solicitud puede venir de UDC, la persona, su abogado o un familiar inmediato. Envíela a la Junta. Las solicitudes repetidas o sin fundamento se niegan sin más.

Qué documentos reunir

  • Las solicitudes médicas necesitan documentos certificados de un profesional médico con licencia, además de un informe de UDC.

Permisos de emergencia y viajes escoltados

  • No encontramos una regla publicada de UDC que garantice un permiso para un funeral o una emergencia familiar. Pregunte de inmediato al encargado del caso o al capellán y tenga verificada la muerte o la enfermedad (funeraria o médico).

Fuentes oficiales (en inglés): Utah Board of Pardons and Parole: FAQs (se abre en una pestaña nueva) · Utah Admin. Code R671-314 (compassionate release) (se abre en una pestaña nueva)

Distrito de Columbia

Última revisión: 2026-10-22

Quién califica

  • El Código de DC § 24-403.04 dice que el tribunal debe reducir una sentencia por delito grave del Código de DC si la persona no es un peligro y: tiene una enfermedad terminal; o tiene 60 años o más y ha cumplido al menos 20 años; u otra razón extraordinaria y convincente.
  • Ejemplos de la ley: una enfermedad o lesión incurable y debilitante; 60 años o más, con lo menor entre 15 años o 75% cumplido y una condición grave por la edad; la muerte o incapacidad del familiar que cuida a los hijos de la persona; o un cónyuge o pareja incapacitado cuando la persona sería el único cuidador.

Cómo pedirla y plazos

  • La moción va al Tribunal Superior de DC. La puede presentar la persona (con o sin abogado), la Fiscalía Federal para DC, el BOP o la USPC. A diferencia de la ley federal, no hace falta pedirlo antes al BOP.
  • Mociones sin abogado: Superior Court of the District of Columbia, Attn: Criminal Division, Moultrie Courthouse, 500 Indiana Avenue NW, Suite 2500, Washington, DC 20001. Incluya el nombre, el nombre del caso y el número de caso.

Qué documentos reunir

  • El tribunal considera las pruebas de rehabilitación durante el encarcelamiento. Reúna registros médicos, certificados de programas y un plan de salida.

Permisos de emergencia y viajes escoltados

  • Las sentencias por delitos graves del Código de DC se cumplen en el Buró Federal de Prisiones (BOP). Si la persona está en una prisión del BOP, vea la sección federal. Los permisos de emergencia por un funeral o una enfermedad familiar siguen las reglas del BOP.

Fuentes oficiales (en inglés): D.C. Code § 24-403.04 (se abre en una pestaña nueva) · DC Corrections Information Council: Legislative Resources booklet (PDF) (se abre en una pestaña nueva)

Federal (BOP)

Última revisión: 2026-10-22

Quién califica

  • Un tribunal federal puede reducir una sentencia por "razones extraordinarias y convincentes" según 18 U.S.C. 3582(c)(1)(A). La declaración de política de la Comisión de Sentencias, USSG §1B1.13, las enumera:
  • Médicas: enfermedad terminal (no hace falta una expectativa de vida específica); una condición grave, discapacidad o deterioro por edad que reduce mucho el autocuidado en prisión sin recuperación esperada; o atención especializada o de largo plazo que no se está dando.
  • Edad: 65 años o más, deterioro grave por la edad, y al menos 10 años o el 75% del término cumplido, lo que sea menor.
  • Familia: muerte o incapacidad de quien cuida a un hijo menor (o a un hijo adulto que no puede cuidarse); o incapacidad del cónyuge, pareja registrada o padre o madre (u otro familiar inmediato similar) cuando la persona sería el único cuidador disponible.
  • También: abuso bajo custodia por parte del personal, otras razones de gravedad similar y, en casos limitados, una sentencia inusualmente larga después de 10 años cumplidos.

Cómo pedirla y plazos

  • Paso 1, el Warden: entregue una solicitud por escrito al Warden (o al administrador del centro de reingreso si está en casa de transición o arresto domiciliario). La familia u otras personas pueden enviarla; el BOP la trata igual que la de la persona. Debe explicar las circunstancias extraordinarias o convincentes y un plan de salida (dónde vivirá, cómo se mantendrá y, si es por salud, dónde recibirá tratamiento y cómo lo pagará). Guarde copia y anote la fecha en que el Warden la recibió.
  • Paso 2, el tribunal: la persona puede presentar su propia moción en el tribunal que la sentenció cuando hayan pasado 30 días desde que el Warden recibió la solicitud, o después de agotar las apelaciones del BOP, lo que ocurra primero.
  • Una negativa del Warden viene con razones por escrito y se puede apelar por el Programa de Remedios Administrativos. Una negativa del Consejero General o del Director del BOP es final dentro del BOP.
  • La política del BOP cambió: la Declaración de Programa 5050.50 fue reemplazada por la PS 5050.51 el 3 de septiembre de 2026, que quitó las categorías del BOP para cuidador de hijos, cuidador del cónyuge y algunas de edad avanzada en las mociones que presenta el BOP. El tribunal sigue aplicando USSG §1B1.13 a la moción de la persona. Pregunte a un abogado o al Defensor Federal sobre el paso ante el tribunal.

Qué documentos reunir

  • Para solicitudes médicas, la referencia del BOP incluye un resumen médico completo del médico tratante con una estimación de expectativa de vida, y las pruebas y opiniones de especialistas. Pida copias a Servicios de Salud.
  • También sirven: la sentencia y el cómputo, un informe de progreso reciente, pruebas de las circunstancias familiares (acta de defunción, carta médica sobre la incapacidad de quien cuida, papeles de custodia o tutela) y un plan de salida con dirección, ingresos o beneficios y atención médica.

Permisos de emergencia y viajes escoltados

  • Viaje escoltado de emergencia (28 CFR 570.42; PS 5538.09): el personal puede escoltar a la persona al funeral o la cabecera de un familiar inmediato (madre, padre, hermano, hermana, cónyuge, hijos, padrastros y padres de crianza).
  • Permiso de emergencia (28 CFR 570.33; PS 5280.09): un permiso sin escolta para atender una crisis familiar, para personas elegibles de menor seguridad. La persona o la familia paga todos los costos (transporte, comida, alojamiento).
  • Contacte de inmediato al equipo de la unidad o al capellán con pruebas (aviso de defunción o carta del hospital u hospicio).

Fuentes oficiales (en inglés): BOP PS 5050.51, Compassionate Release/Reduction in Sentence (PDF) (se abre en una pestaña nueva) · 28 CFR 571 subpart G (se abre en una pestaña nueva) · USSG §1B1.13 (Amendment 814) (se abre en una pestaña nueva) · 18 U.S.C. 3582 (se abre en una pestaña nueva) · 28 CFR 570 (furloughs, escorted trips) (se abre en una pestaña nueva) · BOP PS 5538.09, Escorted Trips (PDF) (se abre en una pestaña nueva) · BOP PS 5280.09, Furloughs (PDF) (se abre en una pestaña nueva)

Otros estados

Aún no verificamos estas reglas para estos estados. Pregunte a la agencia por la "liberación médica", "libertad condicional médica o geriátrica" o "clemencia", y por permisos para funerales:

Carta de solicitud para imprimir

Fecha: ______________________

Para: ______________________ (Warden / subdirector / Director / Junta, según su sistema), ______________________ (nombre de la prisión o agencia y dirección)

De: ______________________ (nombre completo), número de identificación: ______________________, unidad: ______________________

Si escribe un familiar: Yo, ______________________, soy ______________________ (relación) de la persona nombrada arriba y escribo en su nombre.

Asunto: Solicitud de ______________________ (liberación compasiva / reducción de sentencia / libertad condicional médica / libertad por necesidades especiales / liberación médica / libertad geriátrica)

1. Motivo extraordinario o convincente: __________________________________________________________________ (diagnóstico y pronóstico, edad y deterioro, o la situación familiar, con fechas).

2. Por qué la atención o la situación no puede resolverse en prisión: ____________________________________________

3. Plan de salida: vivirá en ______________________ con ______________________; tendrá atención médica en ______________________; los gastos se pagarán con ______________________ (Medicaid, Medicare, seguro, beneficios, familia); transporte: ______________________.

4. Documentos adjuntos: ____________________________________________ (expediente médico, cartas de médicos, actas, cartas de apoyo).

Pido que se considere esta solicitud y que me informen por escrito la decisión y sus razones. Gracias.

Firma: ______________________

Guarde una copia, anote la fecha en que se entregó o envió y, si es posible, pida un recibo.

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